Un redoble en el régimen jurídico-administrativo de las enseñanzas superiores de música en España
TL;DRAbstract
La idea de convergencia que aportó la Declaración de Bolonia y la aplicación de los Principios Generales del Derecho administrativo (especialmente los principios de igualdad, colaboración, simplificación, eficacia y eficiencia), algunos reinterpretados a la luz de la necesidad de control del gasto público que impone la situación actual, obligan a revisar y a reconsiderar la actual regulación de las enseñanzas superiores de Música, respecto a las que actualmente se mantiene un doble régimen en el que coexisten enseñanzas universitarias y en Conservatorios Superiores de Música. Sin embargo, la anulación de la Disposición Adicional 7ª del R.D. 1614/2009, de 23 de octubre, genera una situación de incertidumbre e insostenibilidad, de obligada resolución, que parece abocada al establecimiento de una fecha de caducidad para la enseñanza superior de la Música en los Conservatorios Superiores.
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La idea de convergencia que aportó la Declaración de Bolonia y la aplicación de los Principios Generales del Derecho administrativo (especialmente los principios de igualdad, colaboración, simplificación, eficacia y eficiencia), algunos reinterpretados a la luz de la necesidad de control del gasto público que impone la situación actual, obligan a revisar y a reconsiderar la actual regulación de las enseñanzas superiores de Música, respecto a las que actualmente se mantiene un doble régimen en el que coexisten enseñanzas universitarias y en Conservatorios Superiores de Música. Sin embargo, la anulación de la Disposición Adicional 7ª del R.D. 1614/2009, de 23 de octubre, genera una situación de incertidumbre e insostenibilidad, de obligada resolución, que parece abocada al establecimiento de una fecha de caducidad para la enseñanza superior de la Música en los Conservatorios Superiores.
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